Pago de tributos a los grandes patrimonios exige tres condiciones

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Camilo Londón, especialista tributario, hizo referencia al Impuesto a los Grandes patrimonios y a una tesis que ha venido desarrollando en relación a este tributo. “Se trata de un impuesto a los grandes y a los no tan grandes patrimonios. El obligado al pago de estos tributos es el que ha sido calificado como contribuyente especial pero que adicionalmente debe cumplir la condición de tener un patrimonio neto que sea mayor o igual a 150 millones de unidades tributarias”, expresó.

Londón explicó que el precio actual y vigente de la unidad tributaria en Venezuela es de 50 Bs, por lo que el equivalente a 150 millones de unidades tributarias sería de 7500 millones de bolívares y que además existe una tercera condición de tipo laboral.

“Este es un tributo que se determina no tanto por periodo fiscal anual sino una vez al año y se establece que el hecho imponible ocurre el 30 de septiembre de cada año, es decir, la condición de sujeto especial notificado previamente por el Seniat y la medición de los millones de bolívares en patrimonio neto se hará en función de lo que tenga el contribuyente hasta esa fecha”, comentó el experto en tributos.

Durante una entrevista con Ahiana Figueroa en el programa “Mesa de Análisis”, Londón sostuvo que los reiterados ajustes que tuvo la unidad tributaria en años pasados fueron creando precedentes poco positivos y que aunque no se espera que el precio de esta sea modificado en los próximos meses, de igual forma podemos esperar que estos precedentes tengas consecuencias.

Escucha la entrevista completa haciendo clic aquí:

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