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Firma del Acta de Independencia de Venezuela | 5 de julio de 1810 Martín Tovar y Tovar (1883).

Todo comenzó el 3 de julio en la Capilla Santa Rosa de Lima de Caracas. Allí  se inició el debate del Congreso. El 5 de julio  se procede a la votación donde terminó resultando aprobada la Independencia de Venezuela con cuarenta votos a favor.

De inmediato, el Presidente del Congreso, diputado Juan Antonio Rodríguez, anunció que estaba «Declarada solemnemente la Independencia absoluta de Venezuela».

En la misma tarde del 5 de julio el Congreso celebró otra sesión, en la que se acordó redactar un documento, cuya elaboración fue encomendada al diputado Juan Germán Roscio y al secretario del Congreso, Francisco Isnardi.

En este documento debían aparecer los motivos y causas que produjeron la Declaración de la Independencia, para que sometido a la revisión del Congreso, sirviese de Acta y pasara al Poder Ejecutivo.

Este documento, en el que representantes de siete de las diez provincias pertenecientes a la Capitanía General de Venezuela, reunidas en la capilla Santa Rosa de Lima de la ciudad de Caracas Venezuela, declararon el 5 de julio su independencia de la Corona de España.

¿Qué establece el Acta de Independencia Venezolana?

El Acta de Independencia de Venezuela establece una nueva nación basada en principios republicanos y federales, aboliendo para siempre la Monarquía bajo los valores de la igualdad de los individuos, la libertad de expresión y la prohibición de la censura.

El Acta fue aprobada el día 7 de julio por todos los diputados, con la sola excepción del padre Fernando Vicente Maya, diputado por La Grita.

EL VOTO SALVADO DEL PADRE MANUEL VICENTE DE MAYA
Fernando Vicente Maya, diputado por La Grita, salvó su voto para la Independencia de Venezuela

¿Por qué el Padre Maya salvó su voto?

Fernando Vicente Maya argumentó que el proceso iniciado el 19 de abril de 1810, se hizo para resguardar los derechos de Fernando VII, y que ese manifiesto debía mantenerse vigente, dentro del Congreso y Gobiernos de la época.

Fue el único que se mantuvo firme, en la convicción de que Venezuela no podía romper con la monarquía.

Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Mérida, Barcelona y Trujillo, adoptaron el tricolor como Bandera de la naciente República.

Se abstuvieron Guayana, Maracaibo y Coro por desacuerdo en desconocer la autoridad del Consejo de Regencia de España e Indias reunido en Cádiz, aunque todas coincidían en el rechazo a la presencia de un rey francés usurpador de la Corona española.

Consagra el principio constitucional y se opone radicalmente a las prácticas políticas, culturales y sociales que habían existido durante trescientos años en la América española.

La Declaración es notable por ser el primer caso de una Colonia española de América que declara su independencia absoluta

Acta Original de la Independencia de VenezuelaFirmas del Acta de la Independencia de Venezuela

Poco a poco la fueron firmando los representantes, pasada al libro de Actas del Congreso el 17 de agosto, hasta que el 18 de ese mes estamparon las últimas firmas.

La independencia de Venezuela fue un proceso emancipador entre 1810 y 1823 para romper los lazos con el imperio español seguido por otros países de América que también alcanzaron su independencia.

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Juan Germán Roscio un diputado insigne

Roscio era diputado por Calabozo, estado Guárico, venezolano destacado al inicio de la lucha por la República y de los más importantes ideólogos de la independencia.

Patriota ejemplar en la instauración de la naciente Venezuela y protagonista principal al incorporarse como “diputado del pueblo” al Cabildo que promovió la Junta Suprema.

Órgano de facto que instauró la Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII. Ardid del propio Roscio para sustituir al depuesto capitán general Vicente Emparan.

Roscio ocupó la Secretaría de Relaciones Exteriores donde desplegó incansable promoción de la emancipación en copiosa correspondencia como en discursos y proclamas al Congreso Constituyente instalado el dos de marzo de 1811.

Es reconocido como principal redactor del Acta de la Independencia de Venezuela firmada el 5 de julio y de la Constitución sancionada el 21 de diciembre. Dos piezas diferentes confundidas con frecuencia: el Acta y la Constitución.

Juan Germán Roscio, abogado, escritor, periodista y político, nació en San Francisco de Tiznados, estado Guárico el 27 de mayo de 1763, hijo del oficial italiano retirado Giovanni Roscio.

Sus primeros años transcurrieron en San José de Tiznados, donde su padre poseía hatos de ganado y donde aprendió las primeras letras.

Con su padre aprendió italiano y latín y en 1774 al amparo de la hija del Conde de San Javier estudió Teología, Sagrados Cánones y Derecho Civil en la Real y Pontificia Universidad de Caracas.

Diez años más tarde se doctoró en Derecho Canónico y en 1800 en Civil

En 1796 la Real Audiencia de Caracas aprobó la inscripción de Roscio pero el colegio de abogados le puso objeciones porque en el expediente de “limpieza de sangre” su madre no figuraba “india” como la califican otros documentos y esto le dio oportunidad de iniciar un contencioso de brillantes alegatos donde evidenció su sólida formación jurídico-ideológica y la orientación filosófica de su pensamiento.

En 1805 obtuvo las credenciales para su incorporación como abogado y luego convertirse en prestigioso litigante de la Caracas de comienzos del siglo XIX.

A Roscio también se le considera precursor de la defensa de los derechos civiles y la lucha contra la discriminación en América.

En agosto de 1810 funda, por decreto, la histórica Sociedad Patriótica en la cual participa Francisco de Miranda y donde el joven Simón Bolívar pronunciaría su célebre primer discurso«Acaso 300 años de calma no bastan».

A partir de octubre de 1810 intervino de manera decisiva en la edición de la “Gazeta de Caracas” a la que dio mayor tinte político y la convirtió en audaz pregonero de la nueva etapa patriota.

En 1818 fue miembro fundador del “Correo del Orinoco” del que fuera segundo director.

Presidió en 1819 el Congreso de Angostura

Fue vicepresidente de la Gran Colombia al lado del Genio de América y cuando iba a asumir la presidencia del Congreso de Colombia falleció en Cúcuta el 10 de marzo de 1821, próximo a cumplir 58 años de edad.

En 2011 la Asamblea Nacional de Venezuela aprobó el traslado de sus restos al Panteón Nacional, pero no sucedió y sus restos siguen extraviados.

Se conocía que estaban en la iglesia Santa Ana de la Villa del Rosario de Cúcuta, pero la comisión designada para tales fines fracasó en su cometido bajo la excusa de que el templo referido fue destruido por un terremoto en 1875.

Juan Germán Roscio parece seguir diciéndonos “venezolanos, no se dejen devorar por el despotismo. Háganlo con civismo y justicia como yo lo hice. Ahora les toca a ustedes”

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